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licencias de

construcción

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Es el documento que autoriza a los propietarios construir, ampliar, modificar, reparar, desmantelar o demoler las edificaciones o instalaciones en los predios o inmuebles, ya sean habitacionales, comerciales e industriales.

Obra Menor Residencial

Se tramita para uso residencial exclusivamente, no excediendo más de 60 m2 en planta baja y no requiere de firma de peritos responsables de proyecto y obra.

Obra Mayor Residencial

Es para uso residencial mayor a 60m2 en planta baja o cualquier construcción en planta alta. Si requiere de firma de peritos responsables de proyecto y obra.

Prorroga

Es aplicable para  construcciones comerciales o industriales sin importar su superficie, bardas con una altura mayor de 2.50 metros y cualquier superficie para comercios, servicios, o industrias. Requiere Firma de Perito Responsable Proyectista y Director de Obra.

OBRA MAYOR

COMERCIAL e INDUSTRIAL

Es aplicable para  construcciones comerciales o industriales sin importar su superficie, bardas con una altura mayor de 2.50 metros y cualquier superficie para comercios, servicios, o industrias. Requiere Firma de Perito Responsable Proyectista y Director de Obra.

Terminación de Obra

​​Es el documento donde consta que la obra autorizada en la Licencia de Construcción se encuentra concluida cumpliendo con todas las restricciones señaladas en la licencia respectiva en base a las Normas y Reglamentos con los que fue aprobada.

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